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La Constitución Política de la de la República de Panamá en el artículo 281 estableció la Jurisdicción de Cuentas, para juzgar las cuentas de los agentes y empleados de manejo, cuando surjan reparos de estas por razón de supuestas irregularidades. La ley 67 de 2008 creó el Tribunal de Cuentas de única instancia, independiente en lo funcional, administrativo y presupuestario con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional.
Noticias
AUDIENCIA PÚBLICA EN EL TRIBUNAL DE CUENTAS
El magistrado Oscar Vargas Velarde presidió una audiencia pública en el caso de una lesión patrimonial imputada en un consulado panameño por un monto superior a los 161 mil balboas. La audiencia pública, realizada en el Tribunal de Cuentas, está prevista en el artículo 77 de la Ley 67 de [...]
Felíz Día del Padre
El Tribunal de Cuentas saluda calurosamente a todos los padres de familia que responsablemente son sustento de su hogar y ejemplo a seguir para sus hijos, y los exhorta a continuar con la misión de inculcar en ellos el valor del trabajo honrado, la honestidad y la familia. ¡FELIZ DÍA [...]
Personal Jurídico y Administrativo del Tribunal de Cuentas recibe actualización por la Academia Panameña de la Lengua
Con el propósito de enriquecer las competencias de escritura del personal tanto jurídico como administrativo del Tribunal de Cuentas, se llevó el 6 y 7 de junio de 2024, en horario 8:00 a.m. a 12:00 p.m., el taller “Aspectos Léxicos y Discursivos de la Comunicación Jurídica´´ facilitado por la Academia [...]
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Horario de Lunes a Viernes de 8 am a 12 pm y de 2 pm a 5 pm
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Central 510-5524
FAX 510-5536
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