El Tribunal de Cuentas fue creado según lo establecido en la Constitución Política de
Panamá en el  artículo  281 y en la Ley 67 de 14 de noviembre de 2008,  sobre la jurisdicción  de  cuentas  para  juzgar  las  cuentas  de  los  agentes  y  empleados  de manejo, cuando surjan reparos por razón de supuestas irregularidades de los agentes de manejo que reciban, paguen ò tengan bajo su cuidado, custodio ò control de fondos y bienes del Tesoro Nacional.
En consecuencia, el Tribunal de Cuentas es un Órgano que tiene rango constitucional y tiene como misión fundamental  que la gestión financiera y económica del  sector público respete los principios de legalidad, transparencia, economía y eficiencia.
El Tribunal de Cuentas sustituye la anterior Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP)  que  fue  creada  en  el  año  1990  y  funcionaba  como  una  Dirección  de  la Contraloría General de la República.